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La Unidad de Igualdad ejercerá las siguientes funciones específicas:
- Asesorar y proponer, las actuaciones o iniciativas, incluidas las formativas, que favorezcan la aplicación del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
- Asesorar y coordinar la elaboración, seguimiento y evaluación de los Planes de igualdad.
- Elaborar los diagnósticos, propuestas e informes que sean necesarios y que deriven de los acuerdos adoptados por la Comisión Técnica de Igualdad.
- Coordinar la recopilación de información para la elaboración, seguimiento de los planes.
- Realizar otras funciones de asesoramiento, informe y seguimiento que le sean asignadas.
- Realizar un informe anual sobre las actuaciones desarrolladas por la Unidad.