Serie Corta Nacional categoría M, N, O3 y O4
Requisitos generales (vehículos categoría M, N, O3 y O4):
1) De acuerdo con el RD 750/2010 de 4 de junio, el fabricante ha de estar inscrito en el Registro de Fabricantes y Firmas Autorizadas de la “Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa” (Ministerio de Economía, Industria y Competitividad).
2) Certificado de Conformidad de la producción en vigor, expedido por la Unidad de Certificación del Automóvil (UCA).
3) Solicitud de homologación.
4) Documentación cumplimentada conforme al RD 750/2010 (Ficha Reducida y Ficha de Características)
5) Disponer de todos los Actos Reglamentarios vigentes que afecten a la categoría del vehículo que se trate, en función de su fase de fabricación.
Requisitos adicionales en caso de procedimientos multifásicos Requisitos generales (vehículos categoría M, N, O3 y O4):